Reembolso/Restitución
Dentro del año posterior al pago, el importador (la parte interesada) tiene el derecho a una restitución de lo que se haya pagado en exceso. Este debe enviar una petición motivada al Inspector de Aduanas e Impuestos Especiales. El interesado debe explicar el (los) motivo (s) de la petición. Como anexo a la petición, el interesado debe someter todos los documentos justificados para afirmar la(s) razón (es) de la petición. La petición de restitución se trata según la fecha de recepción. La petición puede ser otorgada o rechazada. En ambos casos el interesado recibirá una carta oficial con la conclusión.